INDICE GENERAL DE LA OBRA

miércoles, 12 de noviembre de 2008

22. Pedro de Vílchez acude a la Chancillería de Granada


El Provisor ha hecho fuerza, ya que no ha citado a Pedro de Buxeda, como administrador de estos bienes, ha nombrado al Prior de Valdepeñas como administrador y ha negado las apelaciones. Las líneas fundamentales de la sentencia de la Chancillería son estas: Que otorguen al dicho licenciado la apelación y apelaciones ynterpuestas para que las pueda proseguir ante quien y como deva, revoque y reponga y dé por ninguno todo lo que después de ellas hubiere fecho y fulminado y absuelva a los excomulgados libremente y sin costa alguna...., so pena de perder la naturaleza y temporalidad que a y tiene en estos reynos y señoríos de su majestad.

EI Lcdo. Gonzalo Guerrero, con diligencia, ejecuta la sentencia del Presidente y Oidores de la Real Audiencia, el 14 de septiembre.

Con este motivo manda que se cite a Pedro de Buxeda para que comparezca ante el tribunal en el plazo de seis días y concede a Pedro de Vílchez Delgado las apelaciones interpuestas para que las pueda seguir donde y ante quien proceda en el plazo de tres meses. En la hipótesis en que no la plantee, queda desierta la instancia y la sentencia pasaría a cosa juzgada.

A los pocos días, el 17 de septiembre, Baltasar de Ayala, dirige un escrito al Provisor, recordándole que no ha cumplido totalmente el tenor de la sentencia, ya que no ha revocado el nombramiento de administrador del Prior de Valdepeñas ni ha declarado nulo todo lo hecho después de interponer las apelaciones. Le insiste en que debe obediencia a la real provisión y mandar, revocar y dar por nulo todo lo dicho y fulminado después de las apelaciones, en concreto, destituir como administrador de la obra pía al Prior de Valdepeñas.

El Fiscal responde que el nombramiento de administrador del Prior no prejuzga la causa principal, sino que se trata de una solución transitoria hasta que se resuelva la cuestión principal y por lo tanto no ha lugar a la destitución del Prior.

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